Hipotecas IRPH. Fecha clave: 3 de Marzo de 2020.

El Abogado D. Iñaki Iribarren García, del bufete Alberto picón de Pamplona en Navarra, nos adelanta las novedades del IRPH hipotecario, ya que se conoce la fecha del Dictamen del TJUE. 

Esta es la fecha que se ha fijado para que emita dictamen el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, donde resolverá la cuestión del IRPH, índice que referencia a millones de hipotecas en España. 

Por fin los consumidores que tienen su hipoteca referenciada a dicho índice de referencia podrán saber cuál será el desenlace final de este índice tan controvertido.

Recordemos que en España ha sido avalado el IRPH por nuestro Tribunal Supremo, ya que en 2017 se pronunció sobre el mismo, indicando que es un índice perfectamente válido en las hipotecas como cualquier otro. 

Los consumidores llevan desde hace años peleando en los diferentes juzgados y Audiencias Provinciales por conseguir que se les reconozca la falta de transparencia en la comercialización de hipotecas con este índice de referencia y no el EURIBOR como es lo más habitual. 

En España los juzgados de instancia están acatando en mayor medida el veredicto dado por el Tribunal Supremo, dando la razón a los bancos que lo comercializaron.

Pero esto puede cambiar, ya que el procedimiento iniciado en Europa, está siendo favorable al consumidor en sus fases anteriores a resolver, ya que en primer lugar, la Comisión Europea publicó un informe el año pasado en el que pedía al TJUE que dictara en contra de este índice de referencia hipotecario al considerar que no se había cumplido con la transparencia debida.

En segundo, lugar fue el abogado General quien hace unos pocos meses, volvió a indicar que el IRPH puede a pesar de ser un elemento esencial el contrato, valorarse por los juzgados de instancia si es abusivo o no. Destacó que sí es posible que se evalúe su abusividad o no, y que deben ser los jueces nacionales quienes hagan dicha labor.

El Abogado concluyó indicando que se pueden considerar nulas las cláusulas referenciadas al IRPH por se abusivas al no presentarse con unos mínimos de transparencia debida. 

Aquí la diferencia está en que el Tribunal Supremo evaluó la legalidad del índice, siendo favorable a entender que sí lo era, ya que así lo entendió, pero el TJUE va más allá y valora si es abusivo o no por contradecir la Directiva Comunitaria de transparencia con contratos con consumidores. 

Por último y esto ya es reflexión personal, espero que también haya pronunciamiento sobre la retroactividad, no sucediendo como en las cláusulas suelo que tuvimos que conocer el desenlace final por fascículos, y teniendo la lección aprendida, es de esperar que fije si puede entrar a valorar su abusividad, qué criterio seguir para estimarla y los efectos de la misma.

Las personas que tienen referenciada su hipoteca al IRPH podrán reclamar de media más dinero que quienes tuvieron su hipoteca afectada por la cláusula suelo, ya que ha tenido mayor repercusión económica en su hipoteca. 

Casi todas las entidades han comercializado durante años hipotecas con este índice, siendo las más expuestas Caixabank, BBVA, Bankia y Banco Santander. 

Somos un despacho de referencia en procedimientos bancarios y de consumidor, concretamente de IRPH estamos llevando procedimientos de cientos de navarros así como clientes de otras comunidades.

Si finamente es favorable el dictamen del TJUE se estima que podrán recuperar de media unos 25.000 euros. 

Si usted tiene IRPH en su hipoteca no dude en ponerse en contacto para que podamos asesorarle y realizar un planteamiento viable para poder recuperar el dinero pagado de más por la indebida aplicación del mismo llamando al 948171093 solicitando cita con el especialista.

La primera consulta es gratuita, le analizaremos la viabilidad de su reclamación, le indicaremos los pasos a seguir y le informaremos del coste.

Espero les haya gustado el artículo, pronto publicaremos más novedades y noticias interesantes para los consumidores, la información es poder y un consumidor informado siempre defenderá mejor sus derechos. 

IÑAKI IRIBARREN GARCÍA. Abogado MICAP 2327
iñaki iribarren abogado

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