El abogado D. Iñaki Iribarren García del bufete Alberto Picón de Pamplona, nos indica cuáles son los principales derechos que tienen los usuarios cuando cancelan servicios que tenían contratados porque deciden no realizar el viaje finalmente.
No siempre podemos realizar los viajes y vacaciones que tenemos programados y previamente contratados, por lo que debemos conocer que sucede cuando desgraciadamente nos ocurre.
Con la locura generalizada del coronavirus, cada vez son más los clientes que nos llaman al despacho para conocer si tienen derecho a cancelar reservas de viaje y alojamiento a lugares donde hay infecciones o aunque no hayan, porque no quieren viajar en estos momentos porque entienden que es peligroso, y deciden finalmente cancelar todo y no hacerlo.
Si tenía contratado un vuelo, un tren o un alojamiento y decides no realizar el viaje finalmente, el usuario debe conocer cuáles son los derechos que tiene ante una cancelación unilateral de los servicios que tenía previamente contratados.
Cancelación del alojamiento
Resulta importante leer las especificaciones del alojamiento en el que el viajero se va a alojar, ya que suelen variar las condiciones de cancelación entre unos y otros.
Dentro de España, las condiciones suelen variar igualmente dependiendo a qué normativa, estatales o de la comunidad autónoma, se acoja el establecimiento. Normalmente se regula por comunidades por lo que deberemos mirar que norma se aplica según la comunidad autónoma que sea la de destino.
En la cancelación de reservas en los diferentes alojamientos, hay que tener en cuenta dos factores: el preaviso y la fianza. El tiempo con el que se avise la cancelación repercutirá de manera diferente y los alojamientos siempre pueden pedir una mayor o menor cuantía de reserva en función de sus políticas.
Normalmente, como regla general, el importe íntegro junto con la fianza será devuelto al contratante si avisa con 15 días de antelación, mientras que después de este plazo varía la cantidad que el alojamiento se cobra en función de los días con los que se avise.
Si el contratante no aparece, o no se avisa o quedan 24 horas de plazo de entrada en el alojamiento, el establecimiento puede cobrarse el importe íntegro de la estancia la primera noche. Si no se avisa en ningún momento pasadas las últimas 24 horas, el alojamiento puede quedarse con el importe íntegro de todos los días contratados.
Cancelación de vuelos
En el caso de los vuelos, de nuevo las circunstancias varían dependiendo si es la compañía la que cancela o es el viajero.
En el caso de que sea el viajero quien anula la reserva del vuelo, las diferentes compañías varían su normativa a este respecto, siendo importante si estas son o no aerolíneas de bajo coste.
De manera regular, si apenas quedan 48 horas para la salida del vuelo, el contratante sufrirá una penalización y no le devolverán el importe íntegro de lo que había pagado por los billetes.
El titular de los billetes puede cambiarse en algunos casos e incluso cambiar el día y hora de los mismos, pero de igual manera sufrirá penalizaciones y costes adicionales que, en función de la compañía en la que vuele, serán más o menos cuantiosos.
Contratación de seguros de viajes
Independientemente de cómo y cuándo utilizar la cancelación de viajes siempre es importante tener la posibilidad de contar con un buen seguro de viajes, sobre todo si el viaje que se va a realizar implica grandes distancias y desembolsos.
Este seguro de viajes nos cubrirá en caso de cancelación, bien sea por motivación expresa del cliente o por motivos ajenos.
Es importante conocer previamente si cubre los gastos de cancelación de un viaje, aunque la anulación no esté justificada y se encuentre contemplado en las cláusulas del seguro contratado.
El seguro cubrirá un importe máximo que estará especificado en la póliza en cada uno de los casos, si finalmente el cliente no puede disfrutar del viaje.
Como mínimo, el seguro cubrirá los gastos que ya se hayan podido efectuar como adelanto del pago del viaje.
Espero les haya sido útil el artículo. Pronto publicaremos más artículos que pueden ser de su interés relacionados con el derecho del consumidor y derecho bancario.
Si están interesados en más información pueden visitarnos en la página web del bufete, donde podrán conocernos y ver la metodología de trabajo, pudiendo informarse sin compromiso de nuestro servicio de Asesoramiento Jurídico y Defensa Judicial.
A través del correo Iñaki Iribarren García les atenderá encantado a cualquier consulta jurídica que tengan en info@bufetepicon.com
Iñaki Iribarren García. Abogado MICAP 2327