Nuevo palo para la banca

Nuevo palo para la banca: El índice hipotecario IRPH debe cumplir con la Directiva Europea de cláusulas abusivas, pudiendo los jueces españoles valorar si es abusiva o no, dependiendo de si se ha cumplido el control de incorporación y el de transparencia debido.

El abogado especializado en derecho bancario D. Iñaki Iribarren García, letrado del Bufete Alberto Picón de Pamplona nos analiza el informe emitido por el Abogado de la UE en el tema del IRPH hipotecario.

Hoy nos levantamos con una grata noticia para los consumidores, ya que uno de los temas que están pendientes de resolver en Europa por fin va cogiendo cuerpo y hoy se ha dado a conocer el dictamen emitido por el Abogado de la UE que da la razón a los consumidores por el tema del IRPH.

Iribarren recalca que “El Abogado de la UE entiende que el índice de referencia IRPH debe cumplir con la Directiva Europea de cláusulas abusivas y por lo tanto, puede entrar a valorarse judicialmente por los jueces españoles si es un índice abusivo y si fue negociado con la transparencia debida. El tema es claro en sus conclusiones: el IRPH es un índice que no es válido simplemente por su carácter oficial, sino que su uso en las hipotecas era voluntario y no imperativo, por lo que las entidades pudieron escoger otro diferente y debieron dar toda la información al cliente de que estaban contratando.”

Por lo que se abre la puerta a los afectados, ya que podrán reclamar en sede judicial y aquí será trabajo crucial de los jueces españoles, realizar un análisis de la citada cláusula en cada caso en concreto, para dictaminar si es abusiva o no, al no cumplir con el doble control de transparencia exigido, tanto el control de incorporación como el de transparencia propiamente dicho.

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El letrado Iñaki Iribarren cree que esta noticia es espléndida para todos los afectados por tener su hipoteca referenciada al índice IRPH, ya que podrán recuperar lo pagado de más si se decreta nulo el índice de referencia IPRH.

Iribarren indica que “Aunque no es vinculante el dictamen del abogado de la UE, ya que hay que esperar a la Sentencia definitiva del Tribunal de Justicia de la UE que se prevé para los próximos meses, hacia la primavera, adelantamos que en la mayoría de Sentencias por temas similares con consumidores no ha cambiado el criterio el Tribunal, por lo que lo normal es que el fallo emitido por los magistrados sea el mismo que el propuesto por el Abogado de la UE hoy”.

Iñaki Iribarren García. Letrado MICAP 2327

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