Hipoteca compartida y separación: ¿Qué hacemos con la vivienda en común si ya no somos pareja?

El abogado Iñaki Iribarren García del bufete Alberto Picón de Pamplona, nos explica cuáles son las mejores opciones para liquidar el bien común de la mejor manera cuando existe una hipoteca compartida y se produce una separación. 

Lo más normal en las separaciones es que la pareja haya adquirido una vivienda en propiedad a medias, casi siempre con un préstamo hipotecario compartido donde también ambos son prestatarios o deudores solidarios.

Qué hacer con la hipoteca compartida en caso de separación

Para hacer los cálculos cuando quieres disolver esta vivienda compartida, suele ser habitual que se tome el valor catastral de la vivienda, debiendo tener en cuenta la hipoteca que queda por pagar.

La vivienda compartida hipotecada se considera un bien indivisible por lo que se debe de proceder a extinguir el condominio existente entre la pareja. Lo que se hace es una transmisión de uno al otro en su 50% del inmueble.

La mejor solución para quitarse de una hipoteca compartida en caso de una separación, suele ser que exista acuerdo entre las partes, con la extinción del condominio y adjudicación a uno de ellos. El mayor problema en este caso, es determinar por parte del banco acreedor si el que se adjudica el 100% del inmueble tiene solvencia suficiente para afrontar individualmente el préstamo hipotecario.

Se puede hacer en documento privado, si bien luego debe de elevarse en escritura pública porque ha de inscribirse en el Registro de la propiedad.

Aunque también puede realizarse judicialmente, y obtener Sentencia Judicial, directamente inscribible en el Registro de la Propiedad.

Al producirse la adjudicación por uno de la propiedad del inmueble y de la deuda del préstamo hipotecario, puede producirse que haya un exceso de adjudicación a ese, por lo que deberá de compensar por ese exceso al otro. Es cuestión de hacer números y llegar a un acuerdo.

La extinción de condominio conlleva que tengamos que pagar una serie de gastos a liquidar:

IAJD. Impuesto de actos jurídicos documentados el que deberemos liquidar.

IRPF. Impuesto de la renta se deberá declarar la ganancia o pérdida patrimonial quién transmite y tributará en función.

Plusvalía municipal le corresponde a quien transmite su parte.

Suele ser la vía más rápida y más directa si una de las partes quiere quedarse con el inmueble. Si ninguna de las partes quiere adjudicarse el inmueble la mejor opción es venderla a un tercero y luego repartir.

Espero les haya sido útil el artículo. Pronto publicaremos más artículos que pueden ser de su interés relacionados con el derecho del consumidor, bancario, familia y fiscalidad.

Si estás interesado en más información puedes visitarnos en la página web del bufete, donde podrás conocernos y ver la metodología de trabajo, pudiendo informarte sin compromiso de nuestros servicios de Asesoramiento Jurídico, así como las materias que dilucidamos en Defensa Judicial.

En el correo info@bufetepicon.com os atenderemos encantados a cualquier consulta jurídica que tengan.

4 comentarios en «Hipoteca compartida y separación: ¿Qué hacemos con la vivienda en común si ya no somos pareja?»

    • Estimada Bego, gracias por la confianza depositada en nuestro Bufete para la resolución de su consulta de liquidación de sociedad conyugal.

      Para poder valorar la situación de que hay que hacer con los pagos de la hipoteca tras una procedimiento judicial de divorcio, tendremos que tener en cuenta qué se ha recogido en la sentencia y/o en el convenio regulador respecto al pago de dichas cuotas y sobre todo saber si se ha procedido o no a la liquidación de la sociedad conyugal, lo cual se puede hacer en el procedimiento de divorcio o con posterioridad a la sentencia de separación y/o de divorcio.

      En función de lo que se haya señalado en ambos documentos la respuesta puede variar por lo que le aconsejo que concierte una cita en el despacho donde le podamos informar sobre si situación concreta.

      A falta de dicha información tenga en cuenta, que la deuda de la hipoteca es solidaria y que por tanto aunque Ud. pague la parte proporcional de la misma, la entidad puede reclamar a ambos la totalidad de la cuota y a falta de pago por parte de alguno la entidad podrá iniciar procedimiento judicial contra los dos, por lo que le aconsejo que no deje que la hipoteca sea ejecutada máxime si es Ud. quien reside en la vivienda.

      Todas las cantidades que Ud. abone de más luego podrá reclamárselas a la otra parte si se ha realizado la liquidación de la sociedad conyugal y a falta de producirse esta se podrán reclamar a la expareja como deudas del cónyuge a la sociedad conyugal.

      Esperando haberle servido de orientación, en caso de más dudas no dude en concertar una cita en el despacho

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  1. Tengo 20 años de casados nos vamos a separar no divorciar tenemos un piso en hipoteca vienes gananciales el quiere que me quede con el piso yo no quiero perder el piso el seva de
    casa me puede informar que puede hacer para que el piso quede a mi nonbre gracias dios lo bendiga espero pronto su respuesta soy de Lugo Galicia

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    • Estimada Maria Lourdes, en primer lugar agradecerle la confianza en nuestro despacho para la consulta planteada.
      Entiendo lo que plantea respecto a la liquidación sin querer divorciarse, solo separarse, pero la liquidación de la sociedad conyugal solo es posible tras la disolución del matrimonio con el divorcio.
      Es verdad que sí hay otras fórmulas para poder transmitir el patrimonio de un matrimonio sin haberse producido el divorcio, pero hay que tener en cuenta que fiscalmente son planteamientos más costosos, por lo que en la mayoría de los caso son suele ser interesante plantearlo.
      Habría que valorar bien las circunstancias económicas de la unidad familiar, para ver si podría hablarse de una venta, una permuta o una donación, pero repito planteamientos que desde el punto de vista fiscal (especialidad del despacho desde su creación) no se aconsejan, siendo lo más interesante el divorcio y posterior liquidación.
      De todas formas, tenga en cuenta también que en la separación debieran tenerse en cuenta aspectos como el pago de los gastos ordinarios de la propiedad, los extraordinarios por reformas, etc.
      En caso de que quisiera que valoráramos su caso, quedo a su disposición.
      apicon@bufetepicon.com

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