Los avalistas hipotecarios que pagaron el préstamo tienen derecho a reclamar a los deudores principales

El abogado Iñaki Iribarren García, del bufete Alberto Picón de Pamplona, analiza la reciente sentencia del Tribunal Supremo acerca de los derechos del avalista hipotecario, donde se da la razón a unos avalistas que pagaron la deuda contraída por los deudores, pudiendo reclamarles a estos lo pagado al acreedor.

En el caso de que la pareja haya adquirido la vivienda con el aval de sus padres, el Tribunal Supremo acaba de publicar una sentencia en relación a cuando una persona, como avalista hipotecario, se hace cargo de la deuda pendiente de un tercero deudor tras una ejecución hipotecaria donde se produce un embargo de la propiedad hipotecada para la venta, y con el dinero de subasta no se cubre lo pendiente de amortizar para cancelar el préstamo hipotecario.

Derechos del avalista hipotecario

En este sentido la reciente sentencia del Tribunal Supremo da la razón a los avalistas del préstamo hipotecario que pagaron la deuda contraída por los deudores, pudiendo reclamarles a estos lo pagado al acreedor.

En una sentencia de este jueves día 10 de enero de 2019, el pleno de la sala de lo Civil resuelve un litigio de una familia donde los padres de uno de los deudores, como avalistas de la hipoteca, se hicieron cargo de los gastos que se adeudaban y que no pudieron ser satisfechos con la subasta del inmueble.

Este procedimiento se produjo porque cuando los avales hipotecarios fueron ejecutados, los deudores prestatarios, es decir su hijo y su expareja, se separaron, mientras los padres, que tuvieron que pagar lo pendiente de la deuda tras la venta en subasta del inmueble, reclamaron a la expareja de su hijo la parte proporcional que le hubiera correspondido abonar (su mitad de la deuda).

Los magistrados han estimado las pretensiones y derechos de estos padres que asumieron la deuda como avalistas hipotecarios de su hijo y su expareja, al considerar que los deudores prestatarios lo eran de forma solidaria del préstamo contraído con la entidad, término importe para entender la resolución y, por tanto, tenían las mismas obligaciones.

La obligación solidaria significa jurídicamente que “a cada deudor puede exigirle el acreedor el pago de la totalidad de la deuda. Este pago efectuado por uno de los deudores solidarios extingue la obligación con el acreedor y libera a los demás deudores de realizar el pago. Pero a su vez, quién hizo el pago, podrá cobrar a los otros codeudores la parte de deuda que les corresponda”.

En la Sentencia ha resuelto un Recurso de Casación interpuesto en la Audiencia Provincial de Navarra.

Espero les haya sido útil el artículo. Pronto publicaremos más artículos que pueden ser de su interés relacionados con el derecho del consumidor y derecho bancario.

¿Interesados en más información hipotecaria?

Si están interesados en más información hipotecaria pueden visitarnos en la página web del bufete, donde podrán conocernos y ver la metodología de trabajo, pudiendo informarse sin compromiso de nuestro servicio de Asesoramiento Jurídico y Defensa Judicial.

No duden en llamar al despacho al 948 171 093 para solicitar una cita previa gratuita o realice una consulta en info@bufetepicon.com, y analizaremos su expediente para ver la viabilidad del mismo, aconsejándole los pasos a seguir para conseguir recuperar el dinero pagado por cancelar el préstamo que avalaste o conseguir la nulidad de la cláusula del aval hipotecario.

Iñaki Iribarren García. Abogado MICAP 2327

4 comentarios en «Los avalistas hipotecarios que pagaron el préstamo tienen derecho a reclamar a los deudores principales»

  1. Soy avalista de un préstamo hipotecario de mi hermano .y así 8 años mi hermano dijo se pagar el préstamo lo estoy pagando yo y queda 10 años para terminar de pagarlo. Mi pregunta puedo quitar mi hermano de la escritura y poner mi nombre quiero saber los gastos de hacerlo y gracias

    Responder
    • Estimado Mohamed, le respondo a la consulta que nos ha realizado via web:

      El contrato de avalista no puede cambiarse sin el consentimiento de la entidad financiera, dado que Ud. es quien está pagando el piso lo que si podría es optar a realizar un contrato de compraventa de la vivienda con su hermano.

      Para poder asesorarle tendríamos que realizar una consulta primero en el despacho, en el que poder ver el resto de detalles necesarios para conocer la situación exacta de las partes, por lo que le invito a que nos escriba para solicitar una cita. Gracias y un saludo.

      Responder
  2. Hola!! Soy avalista de un prestamo hipotecario donde el deudor principal a fallecido y a la vez el heredero universal( solo tenia un hijo) a renunciado a la herencia.
    Llevó mas de 5 años haciendome cargo de dicha hipoteca.
    Podría quedarme con dicha vivienda? He pagodo más de 3000 euros de comunidad tambien

    Responder
    • Buenos días.

      Depende del préstamo hipotecario firmado, ya que será donde nos indique que sucede con el avalista si fallece el prestatario único y el heredero rechaza la herencia.

      La figura del avalista no desaparece cuando el titular fallece, sólo desaparecerá cuando la deuda quede totalmente pagada. El avalista seguirá con su función de aval si los herederos aceptan la herencia o hasta que satisfagan la deuda. En el caso de que rechacen la herencia la responsabilidad del aval dependerá del contrato de cada préstamo personal.

      Un saludo. Gracias por su atención.

      Responder

Responder a Alberto Picón Cancelar la respuesta