Prevalencia del Derecho al Honor sobre la Libertad de Información
V JORNADAS SOBRE DERECHO EN LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN
El pasado 27 de octubre tuve el placer de participar en la organización de las V Jornadas sobre Derecho en la Sociedad de la Información, un evento que se ha consolidado como un acto de trascendencia y gran importancia para el MI Colegio de Abogados de Pamplona, al ofrecer un marco de referencia para los profesionales y la ciudadanía Navarra sobre lo que ocurre en esa parte de la sociedad que transcurre en las redes de comunicación.
Tras debatir en años anteriores acerca de la propiedad intelectual, la protección del e-consumidor o la administración electrónica, y enlazando la temática con la jornada del año pasado centrada en el ciberdelito, este año se estuvo debatiendo sobre la responsabilidad del uso de Internet, tema de amplio campo que los ponentes fueron analizando desde distintas ópticas durante sus intervenciones.
Partiendo desde el año 2000 cuando la Unión Europea promovió la autorregulación en el uso de Internet a través de la Directiva 2000/31 que en España dio lugar a la regulación de los sellos de confianza mediante el Real Decreto que 1163/2005 y anteriormente a la famosa LSSI, Ley 34/2002, se analizaron los diferentes problemas que han surgido en la aplicación de esta norma, así como en otras de recorrido paralelo como la Ley de Economía Sostenible o la no menos famosa Ley Sinde, y sobre todo por la modificación realizada en mayo en la disposición final segunda de la Ley General de Telecomunicaciones.
El tema de la responsabilidad en el uso de Internet sigue candente hoy en día, tal como vemos en diferentes noticias surgidas en los medios de comunicación, así entre otras, todos conocemos la decisión adoptada por el Ministerio de Sanidad el pasado mes de septiembre, al dirigirse a la empresa que controla Twitter a fin de que aísle los perfiles de usuarios que fomentan la anorexia y la bulimia, dado que no realizan actividades constitutivas de delito se ha apelado a la autorregulación del proveedor del servicio, pero dicha autorregulación se puede ver afectada por decisiones judiciales, tal como acabamos de ver en al sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Bizkaia que ha supuesto un vuelco del criterio, al condenar penalmente por una conducta hasta ahora atípica, a un portal de Internet que ofrece enlaces en su página web, al considerar dicha acción como un acto que constituye comunicación pública.
Todas estas cuestiones salieron durante la jornada, formando un resultado de lo más fascinante gracias sobre todo al enorme placer de contar con los ponentes invitados, D. Miquel Peguera Poch, D. Carlos Sánchez Almeida, Dª Paula Hernández Cobo y D. Xavier Bringué Sala, todos ellos profesionales de primerísimo nivel nacional, a quienes agradecemos su presencia, y gracias a su experiencia, conocimiento y visión en la materia hicieron una jornada de agrado de todos los presentes, a quienes ya estamos convocando nuevamente a repetir el año que viene en su SEXTA EDICIÓN.
Bufete Alberto Picón
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